Kreedit | Julio de 2017

En el marco de la serie sobre alternativas de financiación, en el capítulo de hoy trataremos las Sociedades de Garantía Recíproca (SGR).

Las Sociedades de Garantía Recíproca (SGR) son entidades financieras, sin ánimo de lucro y ámbito de actuación específico (por autonomías o sectores) el objeto principal de las mismas es procurar el acceso al crédito de las pequeñas y medianas empresas y mejorar, en términos generales, sus condiciones de financiación a través de la prestación de avales ante bancos, cajas de ahorro, cooperativas de crédito, Administraciones Públicas, clientes y proveedores.

Estas sociedades nacen para resolver los problemas financieros de las pymes, apoyando mediante la concesión de avales que respalden su posición financiera.

La regulación de estas sociedades nació en 1978, aunque con cierto retraso respecto al resto de Europa, y se modificó en 1988 con la aprobación de la «Ley de intervención y disciplina» de las entidades de crédito, que sometió a estas sociedades al control e inspección del Banco de España.

La creación de las SGR debe estar autorizada por el Ministerio de Economía y Hacienda, previo informe del Banco de España y de la Comunidad Autónoma en la que se establezca su domicilio social.

En las SGR existen dos tipos de socios; los socios partícipes y socios protectores.

Los partícipes son los que se les presta la garantía de la sociedad, por norma general pequeñas y medianas empresas con dificultades de acceso al mercado bancario y/o al mercado de capitales, que demandan crédito y/o avales para el desarrollo de su actividad productiva. Deberían pertenecer al sector o sectores de actividad económica mencionado, en su caso, en los estatutos sociales y deberían estar situados en sus límites geográficos.

Los socios protectores normalmente son unidades económicas con excedentes disponibles de capital dinerario que realizan una aportación de capital para constituir un Fondo de Riesgo, desde el que los administradores de la SGR cubren las garantías y avales otorgados a los socios partícipes. Su principal papel ha sido de vital importancia para la creación de las SGR. Entre los socios protectores contamos con las Comunidades Autónomas, las Cámaras de Comercio, las Diputaciones Provinciales, Asociaciones de Empresarios, bancos, cajas de ahorro y empresas privadas.

En conclusión, las SGR son un instrumento esencial para el desarrollo de las pymes, pues mejoran su capacidad de negociación ante el sistema financiero y mitigan los requerimientos de garantías al ser evaluados con un aval. Además, obtienen un menor coste financiero para sus proyectos de inversión y pueden disponer, incluso, de asistencia técnica para el control de sus operaciones.

Si desea conocer más detalles de esta alternativa de financiación o tiene interés en acceder a líneas de financiación, desde Kreedit nos ponemos a su disposición.

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